Seguro de Protección Jurídica

Para particulares, autónomos y pymes

Es un seguro destinado a asesorar y defender las necesidades y derechos legales.

Nos adaptamos a ti según al segmento al que pertenezcas, particular, autónomo o empresas de hasta 400 trabajadores, modulando las coberturas a tus necesidades.

Tiene una sencilla contratación, sin apenas variables de suscripción, ya que solamente se solicita el número de trabajadores y la actividad que se desarrolla, sin tener en cuenta la facturación del negocio.

  • Asistencia jurídica telefónica.
  • Gestión documental.
  • Reclamación de daños: reclamación a tercero.
  • Defensa fiscal.
  • Defensa en caso de ocupación ilegal de la vivienda habitual.
  • Asistencia jurídica telefónica.
  • Gestión documental.
  • Reclamación de daños: reclamación a tercero.
  • Defensa fiscal.
  • Defensa en caso de ocupación ilegal de la vivienda habitual.
  • Prestación por separación o divorcio.
  • Defensa laboral.
  • Defensa en relación al servicio doméstico.
  • Defensa y reclamación del propietario en proceso de desahucio.
  • Defensa y reclamación en casos de robo de identidad en Internet.
  • Primas:
    • La prima varía en función de la modalidad de contratación (Básica o Completa).
    • Abono de la prima: puede optarse por una periodicidad de pago anual o fraccionada de forma semestral, trimestral y mensual.
    • Si el tomador del seguro tiene un Adeslas HOGAR Completo en vigor se le aplicará de forma automática un descuento del 10%.
  • Duración:
    • La duración del seguro es anual. Al finalizar la anualidad el seguro se renueva automáticamente.
    • La póliza no se cancela por prestación de servicio.
  • Capital asegurado:
    • El capital asegurado por siniestro es de 6.000 € y de 3.000 € si se opta por libre elección de abogado.
    • En el caso de la modalidad completa: la prestación máxima por separación y divorcio 1.200 €, 50% para cada cónyuge.
  • Cancelación. La póliza se puede cancelar por los siguientes motivos:
    • Impago de la prima.
    • Voluntad del tomador de la póliza.
    • Solicitud del asegurador.